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INFORMACIÓN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Todo lo que vd. debe saber en materia de seguridad laboral para cumplir con la legislación vigente. El responsable es siempre el titular de la actividad.
Todo ello queda establecido mediante la Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/95 y más concretamente por lo que se refiere a equipos, según lo manifestado en el RD 1215/97 y su modificación posterior RD 2177/2004. Últimamente queremos referirnos a dos Directivas en pleno auge y que afectan al parque de maquinaria. La primera de ellas se trata de la que incluye a todos los equipos destinados a trabajar en ambientes explosivos. En primer lugar se requiere tener clasificación de la zona. Ello nos determinará el grado de adecuación del equipo para procesar en ese entorno. La clasificación de la zona por parte del propietario de la instalación será consecuencia de la aplicación del RD 681/2003, trasposición de la Directiva 1999/92 CE. La segunda se refiere a la Directiva Social relativa a la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo D 98/24 CEE. Traspuesta por el RD 374/2001. Las máquinas fabricadas con posterioridad al primero de enero de 1996 deben cumplir y disponer de marcado CE. Ello conlleva la existencia de una declaración de conformidad con la Directiva de máquinas, avalada por la aplicación y cumplimiento de la normativa existente. Con todo esto es posible alcanzar una presunción de conformidad con la Directiva inicial. Finalmente destacar que los equipos de trabajo no sólo pueden estar afectados por esta Directiva de Seguridad de Máquinas. Igualmente queremos significar el obligado cumplimiento de algunas otras Directivas, que puedan condicionar el funcionamiento del equipo o equipos. Como por ejemplo, podemos citar entre ellas, la Directiva de Seguridad Eléctrica relativa al material eléctrico empleado, RD. 7/1988, Compatibilidad Electromagnética, RD. 444/1994, Atmósferas Explosivas RD. 400/1996 o Aparatos de Metrología RD 889/2006. Este año la Directiva CE 98/37 antigua, traspuesta por el RD 1435/92, dejará paso a su sustituta la nueva Directiva 2.006/42 CEE, el 29 de Diciembre próximo. Su trasposición se refleja en el RD 1644/2008, aparecido con fecha 10 de octubre pasado. LEGISLACIÓN LEGAL DESCARGAS PDF
CEMAUSA le ofrece la posibilidad de que ustedes mismos puedan consultar, a qué Directivas puede estar sujeta su máquina o equipo. LISTADO ACTUALIZADO DE DIRECTIVAS
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